TIDJ

Presentación

La Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes CIDJ, junto a su Protocolo Adicional, constituyen el Tratado Internacional de Derechos de los Jóvenes. La Convención fue adoptada por dieciséis (16) Estados Iberoamericanos en octubre de 2005, a los que se sumó uno más en 2010, y entró en vigor en marzo de 2008. Su Protocolo se encuentra en vías de ratificación por parte de los Estados Iberoamericanos.

Implementación

Afirmando que, en adición a los instrumentos del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la elaboración de una “Convención Iberoamericana de Derechos de la Juventud” se justifica en la necesidad de que las personas jóvenes cuenten con el compromiso y las bases jurídicas que reconozcan, garanticen y protejan sus derechos, asegurando así la continuidad y el futuro de nuestros pueblos.

Por lo expuesto: Los Estados Parte aprueban, proclaman y se comprometen a cumplir y mandar cumplir la presente  Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes con el espíritu de reconocer a los jóvenes como sujetos de derechos, actores estratégicos del desarrollo y personas capaces de ejercer responsablemente los derechos y libertades que configuran esta Convención; y para que todos los países de Iberoamérica, sus pueblos e instituciones se vinculen a este documento, lo hagan vigente en la práctica cotidiana y hagan posible que se lleven a la realidad programas que den vida a lo que esta Convención promueve en favor del respeto a la juventud y su realización plena en la justicia, la paz, la solidaridad y el respeto a los derechos humanos.

Los estados deben atender, promover, difundir y enfocar la generación de políticas públicas que hagan efectiva la aplicación y goce de los derechos consagrados en el tratado, así como su restablecimiento en caso de que hayan sido amenazados o vulnerados. La veeduría de estos compromisos, estarán a cargo de la Secretaría General del Organismo Internacional de Juventud en su carácter de depositario del tratado. Lo hará conforme al Sistema de Seguimiento al Cumplimiento del TIDJ y en virtud del mandato previsto en el art. 35.4 de la Convención, relativo a la solicitud de informes de aplicación a los Estados Parte.

Los Estados Iberoamericanos se encuentran en cuatro estatus diferentes con respecto a la firma y ratificación del TIDJ (CIDJ + Protocolo).  

Brasil, Cuba, Guatemala, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Venezuela. 

La firma constituye una muestra de voluntad preliminar del Estado a la Convención.  

Firmar el instrumento no establece una obligación jurídicamente vinculante, pero establece la voluntad del Estado de abstenerse de cualquier acto que ponga en peligro los objetivos y el propósito de la CIDJ y someter el tratado a un análisis nacional y tomar en consideración su ratificación. 

Bolivia, Costa Rica, Ecuador, España, Honduras, República Dominicana, Uruguay.  

Los Estados parte son aquellos que han firmado y ratificado la CIDJ convirtiéndose con ello de obligado cumplimiento. Por tanto la ratificación representan el compromiso, jurídicamente vinculante, de acatar las disposiciones de la Convención.  

 

Ecuador, España, República Dominicana y Uruguay.  

Son los Estados que ya firmaron y ratificaron la CIDJ y han cumplido con lo establecido en los artículos 35.4 y 36 de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes. 

 

Ecuador y Uruguay,  

Son los Estados que habiendo firmado y ratificado la CIDJ, también han ratificado su Protocolo Adicional, el cual entrará en vigor cuando tres Estados más lo ratifiquen. 

Argentina, Colombia, Chile, El Salvador.

Son los Estados que hasta el día de hoy no hay firmado la CIDJ.

Conoce qué es el TIDJ

TIDJ Cap. 01: ¿Eres joven? ¿Vives o eres de Iberoamérica?

TIDJ Cap. 02: ¿Cómo son los Derechos Humanos?

TIDJ Cap. 03: ¿Sabes qué son los derechos políticos y civiles?